AUGUSTO ALEJANDRO COLLADO LUQUE: COMISIÓN DEL CENTRO HISTÓRICO DE LIMA, PURUCHUCO, UNFV.
AUGUSTO COLLADO LUQUE
Por otro lado, el crecimiento no planificado de la ciudad origina un encarecimiento de la
infraestructura y de los servicios complementarios. La barriada o pueblo joven ha sido definida como el
patrón de desarrollo urbano, con rasgos físicos, sociales y económicos estructurados de manera singular,
la ley N° 13517 del 14 de febrero de 1961, reconoció a este tipo de asentamiento, creando precedentes
para futuras invasiones que se han seguido dando hasta la fecha originando problemas urbanos en los
diferentes barrios de los conos de Lima, según la definición de barriada queda demostrado que
efectivamente en nuestro medio las barriadas tuvieron protagonismo destacado en la ciudad de Lima y
Callao, tal como nos dice la Ley Orgánica de Barriadas Marginales dada por el Congreso de la República
del Perú (Ley N°13517, 1961: inc. a, art. 4°): “ Barrio Marginal”, o “Barriada”, la zona de
terrenos de propiedad fiscal, municipal, comunal o privada que se encuentra dentro de los límites
de centros poblados capitales de circunscripción político administrativo, o en sus respectivas áreas
suburbanas o aledañas, en las que, por invasión y al margen de disposiciones legales sobre propiedad,
con autorización municipal o sin ella, sobre lotes distribuidos sin planes de trazado oficialmente
aprobados, se hayan constituido agrupaciones de vivienda de cualquier estructura, careciendo
dicha zona en conjunto de uno o más de los siguientes servicios: agua potable, desagüe, alumbrado,
veredas, vías de tránsito vehicular, etc.”
arquitectoaugustocollado
ENSEÑANDO, DISEÑANDO Y CONSTRUYENDO SUEÑOS, CON VISIÓN DE FUTURO, PARA UN MEDIO AMBIENTE Y UN DESARROLLO SOSTENIBLE